viernes, 14 de marzo de 2008

SINTESIS VISIONARIA DEL SOCIALISMO DEL SIGLO XXI DE UN VENEZOLANO



Muy recientemente el General Raul Isais Baduel, en su discurso de Transferencia de Mando en el cargo de Ministro del Poder Popular para la Defensa, señalo en algunas de sus reflexiones pronunciadas que para la construcción del socialismo del siglo XXI “ Debemos inventar nuestro modelo propio con lógica, con método, con orden, en fin con ciencia…”

Ciertamente el momento histórico que vive nuestra Patria, nos obliga necesariamente a convertirnos en actores políticos de pensamiento, palabra y acción. Es por ello que sin querer pretender encontrar la ecuación perfecta de lo que seria el Socialismos del Siglo XXI, procedo de manera muy humilde y honesta ha compartir con ustedes el ideal visionario de lo que debería ser la orientación que persiga la revolución de este pueblo maravilloso.

Así pues, la Venezuela Socialista debe sustentarse en principios nacionalistas, que ponga a la nación y al Estado primero, el amor por el hombre, el respeto al ciudadano, y la mejor distribución de la riqueza, de igual manera es necesario el respeto al Estado de Derecho, la soberanía e integridad territorial de provincias federales, todo esto en función al principio de autodeterminación de los pueblos sobreponiéndonos a intereses y mecanismos ideológicos antiimperialistas, transitando hacia una sociedad mas justa e igualitaria, coadyuvando a la consecución de los fines del Estado, bajo un esquema de respeto, legalidad, tolerancia e inclusión, que supere al Estado Burgués y al Capitalismo de Estado, construyendo un Poder Popular, que supere intereses partidistas y sectarios en la concreción de una Verdadera Democracia Revolucionaria.

No podemos caer en los antiguos errores de culto al hombre, por el contrario el nuevo Estado debe engrandecer la vida de todos y cada uno de sus ciudadanos, la Educación y la Seguridad Social deben fortalecerse a través de un modelo Participativo cuya obligación por corresponsabilidad social, recaiga en cabeza de todos los ciudadanos y ciudadanas; para ello deben implantarse voluntariados de concientizacion y formación en principios éticos, filosóficos y morales, en cada escuela, liceo, Instituto Universitario, Consejo Comunal, Empresas publicas y privadas, Cooperativas, Consejos Laborales o casa de estudio, en pocas palabras es impulsar la Educación Social, para superar la ignorancia, pues esta retarda el progreso y el desarrollo de la actividad social y hace al individuo inútil para si y para sus semejantes.

El arma del Poder Popular seria su profunda convicción política-ideológica de que su unidad cívica con carácter desconcentrado, se convierta en estandarte de lucha contra la inseguridad, la corrupción, el atropello, la mentira, la soberbia, el hurto, la burocratización, traduciendo sus acciones mediante el ejercicio del poder, en el control y ejecución de los asuntos públicos, con expresión autentica e independiente, no sujeta a aparatos ajenos a ellas, bien de carácter político o estatales.

En lo que respecta al control de la Gestión Publica del Estado y su funcionamiento, es necesario que se articulen mecanismos prácticos que permitan con mayor eficiencia y eficacia la Contraloría Social, sin duda alguna la Consejos Comunales están llamados a velar por el correcto funcionamiento del Sistema Revolucionario y la auditoria en la administración de los Fondos Públicos, para ello deben inventarse Consejos de Honor, integrados por ciudadanos de suficiente probidad, honradez y espíritu de solidaridad, cuyas decisiones, dictámenes o resoluciones, tengan un carácter de cosa juzgada que conlleven a la determinación de responsabilidades de naturaleza civil y luego se articule lo necesario para las respectivas acciones legales que por vía oficial las leyes determinen.

En lo que al marco Político-Económico se refiere, el socialismo del Siglo XXI, debe guiarnos al fin supremo de JUSTICIA SOCIAL, ahora bien, la Justicia Social, no es solamente para los sectores de escaso recursos o para sectores de clase media o alta, este tipo de Justicia, yo la defino en BIEN COMUN, no obstante dentro de este proceso de lucha en la búsqueda de un sociedad Justa y Equitativa, debemos velar primero en crear un escenario cuyos cimientos jurídicos, técnicos, políticos y culturales nos permita a cada uno de nosotros los habitantes de esta patria, acceder en igualdad de trato y oportunidades a los medios de producción, transformación y circulación de bienes y servicios, aprovechando de la mejor manera el potencial y el valor de uso de los mismos, sin exclusión ni preferencias de ningún tipo y para el acceso a los mismos el Gobierno Local debe propender las condiciones al acceso oportuno, eficiente, diligente e inmediato, por si o por medio de la banca publica o privada, las facilidades necesarias en la consecución de esos fines.

Finalmente, la Autoridad Publica, sus instituciones, sus funcionarios, los medios de producción, el sistema financiero, el trabajo, la propiedad, el capital, los partidos políticos, no son mas que herramientas de un sistema de convivencia social, que un pueblo organizado, un pueblo virtuoso, sabio y cívicamente formado, independientemente de la ideología política que lo defina, hará de ellos, la mas provechosa y útil explotación de los mismos, para el beneficio y grandeza de nuestra nación.


En Araure, 02 de Agosto del 2007



Abg. Juan Pablo Rosales Esser

ESTADO DE DERECHO; ANARQUIA O SOBERANIA ALIMENTARIA

Con fecha 28 de Enero del 2008, el Ejecutivo Nacional publica en Gaceta Oficial las Modificaciones Parciales del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial que Regula el Acaparamiento, La Especulación, El Boicot que Afecte el consumo de Alimentos Declarados de Primera Necesidad o Sometidos a Control de Precios.

Si bien es cierto que el objeto e intención del referido Decreto-Ley, es el de establecer “acciones o mecanismos de defensa al pueblo” en atención al consumo de alimentos o productos declarados de primera necesidad o sometidos al control de Precio, no es menos cierto que los Agricultores, los Empresarios, Los Comerciantes, Los Industriales en fin los actores que conforman a los ENTES PRODUCTIVOS del país también son “pueblo”.

Es aberrante la flagrante violación de Derechos Constitucionales y Legales que plantea el referido Decreto-Ley, en aras de querer sostener una supuesta Soberanía Alimentaría, mediante mecanismos y normas jurídicas que además de ser violatorias de los principios de eficiencia, productividad y solidaridad, alteran enormemente la Justicia Social, que debe regir el régimen socioeconómico del Estado Venezolano.

Por Justicia Social, no debe entenderse como aquella que favorece los débiles y perjudica a los poderosos, tampoco debe entenderse como aquella que le quita a los que tiene para darle al que no tiene; Justicia Social debe concebirse como un Estado de Bienestar que asegure la protección social de todos los individuos y actores sociales que conforman a una sociedad, mediante derechos tales como la sanidad, la vivienda, la educación, la protección del empleo, la alimentación, pero para ello es necesario que tanto el Estado y los Entes Productivos orienten su actividad e iniciativa privada bajo un desarrollo armónico con el fin de producir en el contexto social de los individuos, un sistema de solidaridad nacional que permita elevar el nivel y calidad de vida tanto de los más como de los menos favorecidos.

La modificación legal de algunos artículos del Decreto No 5835, ratifican una gran variedad de funciones, actuaciones y medidas preventivas de ejecución, cuya cometido es el de controlar las actividades de ACAPARAMIENTO, ESPECULACION, EL BOICOT y cualquier otra conducta que afecte el Consumo de Alimentos y los Productos sometidos al control de Precio, ahora bien dichas atribuciones le son conferidas a los Consejos Comunales y a los Comités de Contraloría Social, quienes conjuntamente deberán cumplir y hacer cumplir los estipulado en el Decreto-Ley, “debiendo respetar los derechos de todos los ciudadanos y ciudadanas que participan en los procesos de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos DECLARADOS DE PRIMERA NECESIDAD O SOMETIDOS AL CONTROL DE PRECIO, sin menoscabo de los deberes que le impone este Decreto Ley”.



Señor Presidente, ciudadanos Ministros de Alimentación y Defensa Popular, Funcionarios del INDECU, quisiera que por favor nos expliquen que criterios y que condiciones, de tiempo, lugar y circunstancia deben existir para que un producto sea considerado de Primera Necesidad y un Ente Productivo (productor, industrial o fabricante) sea considerado como Especulador. Hasta que punto debe ser considerado un Comerciante como Acaparador por tener en sus almacenes inventarios de productos, bienes y servicios que adquirido de manera legal y legitima.

Será que la arbitrariedad de los Agentes integrantes de los Comités de Contraloría Social y los criterios subjetivos de miembros de los Consejos Comunales, promoverán el desarrollo armónico de la economía nacional, la libre competencia, la producción sustentable, la disponibilidad suficiente y estable de los alimentos, el acceso oportuno y permanente de los bienes y servicios e incluso, serán los nuevos actores que sustituirán las leyes económicas de la Oferta y la Demanda.

Conciudadanos, el régimen Socioeconómico de nuestro país, no puede construirse bajo criterios aislados de Justicia Social o de Soberanía Alimentaría, la Nación necesita Entes Productivos, (Pequeños, Medianos y Grandes Comerciantes, Productores, Empresarios, Artesanos, Fabricantes, Industriales,) cuya Seguridad Jurídica y Confianza en las Instituciones del Estado, les permita operar bajo patrones de eficiencia, productividad, competencia, solidaridad y con una gran Responsabilidad Social, que propicien fuentes de empleo, alto valor agregado, dinamismo, permanencia y equidad en el desarrollo de nuestro país.


Abg. Juan Pablo Rosales Esser