jueves, 4 de octubre de 2012

CRIMENES A LA LIBERTAD


FRANCISCO DE MIRANDA A LOS REPRESENTANTES DEL  PUEBLO FRANCES
Extracto de Carta Publica fechada en el 13 de Enero de 1794
Prisión de LA FORCE. Paris

“Ciudadanos:
Estoy denunciando ante la Convención Nacional un crimen cuya investigación y castigo resultan ser de una importancia esencial para la libertad.
Este crimen consiste o bien en la inmunidad de un gran culpable, o bien en la persecución de un inocente.

De todas las formas de matar la libertad, ninguna hay más asesina para una Republica que la impunidad del crimen, o la proscripción de la virtud.

La sociedad deja de existir ahí donde un miembro del cuerpo social ofende, por la impunidad, a la justicia, o sea: a la voluntad del cuerpo que demanda esencialmente su seguridad, mas no la encuentra sino en la represión o en la supresión de los criminales.

La sociedad deja de existir ahí donde el cuerpo social permite que uno de sus miembros sea oprimido, pues de la opresión de una parte hasta la opresión del todo, la consecuencia es directa y necesaria.

Uno de estos dos crímenes contra la libertad consiste en la ilegal  detención de mí persona, que estoy denunciando ante la Convención Nacional.
O bien yo soy culpable, y entonces hay crimen contra el cuerpo social al dejarme sin castigo. En tal caso, yo mismo reclamo un castigo legal; prefiero morir libre, es decir por la fuerza de la ley, que vivir, esclavo, es decir en el desprecio de la ley y por voluntad ajena.

O bien soy inocente, y entonces hay crimen contra la sociedad al mantenerme encarcelado; más aún: después de la declaración del actual comité de Seguridad General según la cual no existe cargo alguno en mi contra. Así pues, reclamo LIBERTAD, en el interés del cuerpo social, afectado a través de mi persona por toda la tiranía de la que estoy siendo objeto.

La permanencia de un solo ciudadano inocente en la cárcel, en conocimiento de los poderes constituidos de cualquier país, sería la prueba más contundente del despotismo.

Pido que la Convención Nacional se pronuncie acerca de esta extraña situación, cuya prolongación constituye un delito en contra de la sociedad y, para mí, un suplicio pero que la muerte.

...omisiss.
No estoy pidiendo compasión a la Convención Nacional. Lo que exijo es la más rigurosa justicia, tanto en mi caso como en el de aquellos que han osado, por un doble atentado, comprometer la dignidad del pueblo francés y envilecer su representación nacional.
“Hay opresión contra el cuerpo social cuando uno solo de sus miembros resulta oprimido”. La Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Art. VII

(Firmado)
Francisco de Miranda
Nota: Miranda fue puesto en libertad, nueve días después de haber dirigido este escrito a la Convención Nacional.

Ver: Antepara J.M (1810). “Miranda y la Emancipación Suramericana”. Fundación Biblioteca Ayacucho. Año. 2006. Caracas-Venezuela. (p. 182 y p.183)


Esta nota de FACEBOOK, va dedicada en favor de todos aquellos presos que ilegal o ilegítimamente se encuentran privados de su libertad individual y claman por un juicio justo, accesible, imparcial, idóneo, transparente, autónomo, independiente, responsable, equitativo y expedito, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles. ART. 26 C.R.B.V